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Los corderos están aquí antes que las casas
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El dueño de un cebadero cerca de La Murta recurre una orden de desalojo en base a la antigüedad de la explotación

Pedro Marín Castillejo sólo entiende de ganado, y no de argumentos legales. Heredó de su padre un cebadero, ahora destinado en exclusiva a la cría de corderos -unas 200 cabezas- y la denuncia de un vecino por los supuestos malos olores y ruidos amenaza con quitarle su medio de vida y el de su familia, si se lleva a cabo el requerimiento de Urbanismo, que le ha dado un ultimátum para que saque el ganado. «Esto era de mi padre y de mis tíos, nos hemos criado aquí. Y los corderos estaban aquí antes de que se construyeran las casas», explica.
La explotación ganadera se halla cerca de La Murta, pero no en el centro de la pedanía, sino en un paraje llamado Los Garneses-Casas del Llano, donde apenas hay tres viviendas ocupadas de forma permanente -entre ellas la de su familia y la del denunciante-mientras que el resto de las casas rurales sólo se ocupan en fin de semana o vacaciones.
En el requerimiento se le indica que el motivo del futuro desalojo -previsto para el 4 de mayo- obedece a que carece de licencia y no cumple la normativa. Asesorado por su abogado, Francisco Valdés, acaba de presentar un Recurso Extraordinario de Revisión contra el decreto del teniente de alcalde de Urbanismo en el que solicita que se tenga en cuenta que la construcción de las naves-cebadero en las que se encuentran los corderos data de 1950 y 1960, es decir, hace más de sesenta y cincuenta años, respectivamente.
Para demostrar que las naves son legales, aunque no cuente con la licencia de apertura, expone las gestiones realizadas en su momento. Entre ellas, que su padre presentó solicitud en la Delegación Provincial de Murcia del Ministerio de Industria para llevar a cabo la instalación eléctrica en las naves-cebadero, con fecha de 9 de febrero de 1979. Además indica que la inscripción de la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), a su nombre, se efectuó con fecha 26 de octubre de 1990. De hecho, la explotación ganadera está registrada en la Consejería de Agricultura y Agua, con el código ES300301640032.
Su temor estriba en que si se cumpliera la orden de desalojo, le retirarían el Registro Sanitario y no podría ejercer la actividad en ningún sitio. «Nos dedicamos a la compra y venta de ganado», explica Pedro Marín. «Si nos quitan el ganado, nos quedamos sin trabajo», añade en presencia de su mujer Carmen Pilar y su hija, Carmen.
Pedro asegura que se ha limitado a desarrollar en las naves la misma actividad que venía realizando su padre desde hace más de 50 años. Además insiste en que cumple escrupulosamente con la normativa sanitaria y medioambiental. «Aquí no hay purines, como dice la denuncia de mi vecino porque no tenemos cerdos. Tampoco hay pulgas ni garrapatas, ni malos olores porque la paja se cambia a diario». También desmiente que las ovejas molesten a los vecinos con sus balidos.
El recurso se basa en que la situación de prolongada actividad en el tiempo lleva a considerar «inaplicable la ordenación urbanística vigente y que haría imposible el otorgamiento de una licencia solicitada si se tratara de una actividad de nuevo establecimiento». En cuanto a la remisión que se hace para ordenar el cese de la actividad a la Ley de Protección del Medio Ambiente de 1995, se recuerda que es posterior al inicio de la actividad.


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29-04-2010 - Escrito por: espaciorural (ADMINISTRADOR)  

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